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Guía sobre Autoconsumo Colectivo: qué aspectos tener en cuenta, cómo realizar y legalizar estas instalaciones

En el pasado artículo sobre las tendencias en autoconsumo fotovoltaico para 2023 vaticinábamos un incremento de las instalaciones de Autoconsumo Colectivo. Sin embargo, aunque esta tipología de autoconsumo tiene sobre el papel numerosas ventajas, a la hora de llevarla a la práctica sigue generando mucha confusión. Por eso hemos decidido elaborar esta Guía sobre Autoconsumo Colectivo.

Qué factores debemos tener en cuenta para saber si estamos o no ante un caso viable. Qué opciones tenemos en esta materia. Diferencias entre comunidades energéticas y autoconsumo colectivo. Dudas sobre conexión u otros aspectos técnicos… ¡Y mucho más!

Acompáñanos para disipar todas tus dudas sobre Autoconsumo Colectivo en esta nueva entrada del Blog de SOLARIX.

Índice del artículo

Guía sobre Autoconsumo Colectivo… ¿Qué es un Autoconsumo Colectivo?

Comencemos por lo básico. El Autoconsumo Colectivo o Compartido es un modelo aplicable a bloques de viviendas, naves de polígonos industriales o comunidades energéticas, mediante el cual una instalación fotovoltaica genera electricidad para beneficiar a varios consumidores conectados.

Imagina que tú vives en un tercero en un bloque de viviendas de seis plantas con una instalación de Autoconsumo Compartido en la azotea. Es como si tuvieses, por así decirlo, una parte de esos paneles en tu propio tejado según tu coeficiente de reparto. Aunque la realidad es un poquito más compleja, ya que lo habitual es realizar un Autoconsumo Colectivo a través de la red pública, que es el esquema del que vamos a hablar a lo largo de todo este artículo, en el cual toda la energía generada por la instalación se vierte y, posteriormente, se descuenta a cada vecino según el citado coeficiente.

Es decir, se realiza un reparto de esta energía de forma «virtual» a través del contador. No hay que llevar cables a cada vivienda para repartir la energía.

¿Qué requisitos debe cumplir un Autoconsumo Colectivo?

Como norma general, las instalaciones de Autoconsumo Colectivo deben cumplir al menos uno de estos tres criterios (RD244/2019):

  • Los consumidores deben estar conectados al mismo centro de transformación y en Baja Tensión.
  • Estar en un radio como máximo de 2.000 m de la instalación fotovoltaica (hemos pasado de 500 a 1.000 y ahora a estos 2.000 en el último cambio normativo).
  • Tener la misma referencia catastral.

Recalcamos a riesgo de parecer repetitivos lo de cumplir al menos uno de los tres supuestos anteriores, ya que este tema suele generar bastantes dudas.

¿Qué tipos de Autoconsumo Colectivo hay?

Dentro del Autoconsumo Colectivo hay también distintas tipologías de instalación. A día de hoyo podemos diferenciar entre:

  • Comunidad de Autoconsumo Colectivo: se trata de un grupo de personas que toma la decisión de unirse, realizar una inversión y con ella ejecutar una instalación de autoconsumo fotovoltaico para su abastecimiento energético. Por desgracia, aunque estas instalaciones se están ejecutando, son complejas de legalizar. Hay que llegar a acuerdos entre todos los implicados, establecer coeficientes de reparto…
  • Comunidad Energética Local: imagina que las personas anteriores deciden integrarse en una entidad jurídica, aquí hablaríamos de una Comunidad Energética Local. Esta Comunidad Energética es de participación voluntaria y abierta, controlada por sus miembros que pueden ser personas físicas, pero también pymes, autoridades locales (como Ayuntamientos) etc.

Guía sobre Autoconsumo Colectivo: ¿Cómo se realizan estas instalaciones a nivel técnico?

El Autoconsumo Colectivo, a nivel técnico, no presenta grandes complicaciones o dificultades añadidas respecto a una instalación de autoconsumo fotovoltaico convencional. Aunque sí hay que tener en cuenta algunos factores.

Dimensionamiento de un Autoconsumo Colectivo

El dimensionamiento de un Autoconsumo Colectivo debe realizarse, como es lógico, estudiando previamente los consumos eléctricos de los consumidores asociados que van a beneficiarse de él.

Cada uno de estos consumidores va a tener no sólo sus propios consumos, sino sus curvas de consumo a nivel horario, por lo que tendremos que buscar adaptarnos lo mejor posible al conjunto de todas estas curvas de consumo.

Huelga decir que de cara al dimensionamiento, esto sí como en cualquier instalación fotovoltaica, estudiaremos la superficie disponible en la cubierta y sus características, presencia de posibles sombreados, etc.

Con todo ello en cuenta, estableceremos la producción y los coeficientes de reparto. Por el momento estos coeficientes siguen siendo estáticos, es decir, fijos. Llegaremos a coeficientes dinámicos que puedan cambiarse hora a hora para tener en cuenta las cargas si, por ejemplo, tú no estás en casa y tu vecino sí está consumiendo… aunque todavía no estamos en este punto.

Presupuestar contadores para la medida de producción y tener en cuenta el vertido de excedentes

Ojo a esta partida, porque supone un sobrecoste respecto a las instalaciones de autoconsumo fotovoltaicas convencionales. Hay que instalar un contador de generación, que además debe ser accesibles a la distribuidora para facilitar sus lecturas. En el apartado de Medición y monitorización desarrollaremos más este punto.

Por otra parte, si queremos verter excedentes, como en cualquier instalación de autoconsumo sólo podremos acogernos al mecanismo de compensación simplificada en instalaciones de menos de 100 kW.

Proceso de ejecución de un Autoconsumo Colectivo

El proceso de para llevar a cabo un proyecto de Autoconsumo Colectivo es similar al de cualquier otra instalación. A saber:

  • Preparar la documentación y los permisos (licencia de obras, documentación solicitada en cada municipio, etc.).
  • Coordinar la instalación de la planta fotovoltaica.
  • Ejecutar dicha instalación
  • Legalizar la instalación de Autoconsumo Colectivo.
  • Asignar coeficientes de reparto.
  • Realizar la puesta en marcha.

Detalles adicionales a tener en cuenta

Como hemos adelantado, desde la perspectiva técnica un Autoconsumo Colectivo es muy similar a una instalación de autoconsumo individual, pero hay algunos detalles adicionales a tener en consideración.

Por un lado, la necesidad de instalar un contador para la generación, habitualmente un armario de medida homologado por la distribuidora, que además puede requerir algún tipo de obra civil. Esto supone una complicación para muchas instaladoras que trabajan en el ámbito residencial y que habitualmente no realizan este tipo de trabajos.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que los costes eléctricos derivados de la parte de alterna serán mayores que en una instalación convencional.

Si hablamos de los trámites administrativos asociados a este tipo de instalaciones debemos señalar que son más complejos, de hecho, es literalmente un infierno burocrático. Algo que consume recursos administrativos y tiempo, una de las principales barreras aún a día de hoy para el Autoconsumo Colectivo.

Guía sobre Autoconsumo Colectivo: medición y monitorización de la energía

Llegamos a uno de los puntos más conflictivos y delicados en cuanto a Autoconsumo Colectivo. La distribuidora nos va a pedir, como indicamos anteriormente, un contador para la generación accesible para realizar lecturas. Esto nos obliga a instalar un módulo de medida homologado, acorde a los pliegos de la distribuidora de la zona, y destinado a la planta de producción y la medición de la energía que genera.

Los consumidores, por su parte, ya disponen de su contador inteligente bidireccional.

De forma adicional a los contadores pueden añadirse, por supuesto, sistemas de medida externa como analizadores, loggers, etc., que nos permitan tener una monitorización más detallada.

Es decir, a nivel técnico y en lo referente a la medición y la monitorización de energía, la diferencia entre un Autoconsumo Colectivo y un autoconsumo fotovoltaico convencional es que hay que instalar un contador adicional en la parte de generación.

Ejemplo práctico de reparto de energía en un Autoconsumo Colectivo

Una planta de 100 kW abastece a un bloque de viviendas y tú, según el coeficiente de reparto asignado, dispones de 1kW. Si esa planta está produciendo 800 kWh en un momento dado, te «tocarían» por así decirlo 80 kWh.

Si por ejemplo tienes un consumo en tu hogar en ese momento de 1.100 kWh, tendrías que comprar a la red únicamente 300 kWh y «autoconsumir» 800 kWh.

Decimos «autoconsumir» entrecomillado, porque recuerda, esa energía NO se distribuye a nivel físico mediante un cable a tu casa. Sino que toda la energía producida se vierte en el contador de generación y se realiza posteriormente un reparto virtual entre los contadores de los consumidores asociados. Es importante tener esto claro. Siguiendo con el ejemplo anterior en realidad lo que está sucediendo es que te están «descontando» esos 800 kWh de tu consumo, no que los estés autoconsumiendo como sucedería en una instalación de autoconsumo fotovoltaico individual, aunque el resultado y el ahorro de energía sea el mismo a efectos prácticos.

Guía sobre Autoconsumo Colectivo: participación ciudadana

Si hablamos de Autoconsumo Colectivo o compartido, a todos se nos vienen a la cabeza las comunidades de propietarios. Y es cierto que pueden ser objeto de este tipo de proyectos y sus usuarios pueden resultar muy beneficiados. Sin embargo no se trata en la práctica del mejor caso o el más idóneo ya que estas cubiertas suelen tener presencia de obstáculos como casetones de ascensores, chimeneas, máquinas de aire acondicionado, etc.

Imagina cualquier edificio perteneciente al Ayuntamiento, o un almacén de una empresa o particular en un polígono industrial, con una cubierta grande y diáfana de orientación sur, que esté cerca de un núcleo poblacional altamente poblado. Los vecinos de este núcleo interesados podrían constituir una Comunidad Energética para arrendar esta cubierta y ejecutar en ella un Autoconsumo Colectivo que les brinde energía para mitigar su factura de la luz.

Es decir, para aprovechar a gran escala el elevado potencial del Autocosumo Colectivo y llenar de paneles las mejores cubiertas de nuestras respectivas localidades, será imprescindible la involucración del tejido social.

Del mismo modo que el autoconsumo supone una democratización de la producción energética al descentralizar la generación de energía y crear una red de pequeños productores, el autoconsumo colectivo también supondrá a medio y largo plazo un estímulo para la participación ciudadana.

¿Cómo se tramita un Autoconsumo Colectivo en Cataluña?

Vamos a ver cómo se tramita una instalación de Autoconsumo Colectivo en Cataluña, para el caso más típico, el de una instalación de hasta 100 kW acogida a compensación de excedentes. No es muy distinto a la tramitación de cualquier autoconsumo convencional, aunque conviene tener en cuenta algunos detalles adicionales. Como en toda tramitación, esta etapa se divide en dos pasos… los trámites previos a la instalación y los posteriores.

Trámites previos a la instalación de un Autoconsumo Colectivo

En esta primera etapa debemos realizar lo siguiente:

  • ¿Comunidad Energética o Autoconsumo Colectivo sin constituir una Comunidad Energética? Los consumidores asociados pueden constituir una Comunidad Energética y, en su caso, elegir un representante que podrá actuar en su nombre si les remiten la debida autorización. Así pues, lo primero a dirimir es si se va a realizar un Autoconsumo Colectivo con o sin Comunidad Energética. Si no se constituye una Comunidad Energética, se puede realizar el Autoconsumo Colectivo igualmente mediante un acuerdo entre los consumidores.
  • Tramitación administrativa con el ayuntamiento de turno. Como en cualquier instalación debes conseguir el permiso de tu ayuntamiento. Hay municipios que no solicitan licencias de obras y otros que sí, etc.
  • Si la instalación es inferior a 100 kW pero conectada en AT, también se debe pedir una autorización previa administrativa y de construcción.
  • Solicitud del punto de acceso y conexión. De este trámite prácticamente no nos escaparemos nunca en los Autoconsumos Colectivos salvo que sea sin excedentes o de potencia menor a 15kW y en suelo urbanizado con las pertinentes dotaciones urbanísticas.

Como estamos en el caso de hasta 100 kW, no precisamos garantía económica ni autorización ambiental.

Trámites posteriores a la instalación de un Autoconsumo Colectivo

Ahora vamos con todo el «papeleo» que debemos realizar después de ejecutar la instalación:

  • Certificado de fin de obra emitido por la Comunidad Autónoma. Normalmente, al tratarse de una instalación de hasta 100 kW, basta con una declaración responsable de obra, pero es conveniente consultar la normativa vigente en tu ayuntamiento.
  • Acuerdo de coeficientes de reparto y contrato de compensación de excedentes: recuerda que todos los consumidores asociados deben firmar un acuerdo de reparto de la energía generada y remitir este acuerdo firmado y de forma individual por cada consumidor a la compañía distribuidora (directamente o a través de su comercializadora). La información a enviar a la empresa distribuidora para comunicar estos coeficientes de reparto viene especificada en el RD 244/2019.
  • Autorización de explotación provisional y definitiva e inscripción en el registro de Autoconsumo de Cataluña (RAC): Como toda instalación generadora de autoconsumo con excedentes acogida a compensación de hasta 100 kW, podemos solicitar tanto la autorización de explotación provisional para pruebas como la autorización de explotación definitiva. Lo haremos a través del Canal Empresa de la Generalitat.

    Para poder realizar este trámite necesitaremos cumplimentar el Anexo de datos técnicos que nos solicitan (en el que indicaremos que es una instalación de Autoconsumo Colectivo). Recuerda que también hay que presentar un Proyecto, ya que la instalación tendrá como norma general más de 10 kW en inversor y no basta con una Memoria Técnica.

Guía sobre Autoconsumo Colectivo: preguntas frecuentes o «FAQ’s»

  • ¿El Autoconsumo Colectivo debe estar asociado a un suministro de «consumos comunes»?

    No, cuando el Autoconsumo Colectivo no estaba regulado en nuestro país, a veces se realizaban instalaciones de autoconsumo individual que alimentaban un contador de consumos comunes (iluminación de escaleras, ascensor, etc.). Un modo mediante el cual una comunidad de vecinos podía ahorrar en su factura de la luz. Con la regulación actual, sin embargo, podríamos satisfacer los consumos comunes haciendo que sean un consumidor más beneficiario del Autoconsumo Colectivo.
  • ¿Cómo se establecen y se «comunican» los coeficientes de reparto en un Autoconsumo Colectivo?

    En primer lugar los beneficiarios deben llegar a un acuerdo. Imagina que estamos ante una instalación de Autoconsumo Colectivo de 100 kW y sois 10, acordando 10 kW para cada uno (10%). Posteriormente se informa a la distribuidora de los coeficientes de reparto acordados.
  • ¿Se pueden cambiar los coeficientes de reparto?

    Se pueden cambiar estos coeficientes cada cuatro meses, aunque es farragoso. Si por ejemplo un vecino consume más que otro y ambos desean realizar este cambio, debe aprobarse por el conjunto de los consumidores del Autoconsumo Colectivo, además debe comunicarse este cambio nuevamente a la distribuidora.
  • ¿Qué protecciones pide la distribuidora en un Autoconsumo Compartido?

    Una vez más debemos atenernos a los pliegos técnicos específicos de la distribuidora en cuestión. No obstante, lo más normal es que los armarios homologados de medición que debemos instalar en la parte de generación ya incorporen estas protecciones.
  • ¿Se puede implementar acumulación (baterías) en un Autoconsumo Colectivo?

    Si bien es perfectamente aplicable, instalar baterías a gran escala aún a día de hoy incrementa de forma muy notable un proyecto de autoconsumo. Por eso, aunque depende de casa caso concreto, lo más común en Autoconsumos Colectivos es no instalar baterías.

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