Como seguramente sabrás, en nuestro blog tenemos un extenso artículo paso a paso sobre cómo tramitar las subvenciones derivadas del Plan Europeo Next Generation para el ámbito residencial. En esta ocasión vamos a desgranar cómo realizar la tramitación de estas ayudas a la fotovoltaica en Cataluña para empresas. Es decir, si el beneficiario es una persona jurídica y no una persona física.
¿A qué Programa debe acogerse tu empresa?
Las ayudas se dividen en una serie de Programas del 1 al 6 en función de a quién van destinados y con qué finalidad. En el caso de los autoconsumos en empresas:
- El Programa 1 es de aplicación para autoconsumos en negocios del sector servicios (con o sin baterías).
- El Programa 2 por su parte se destina a autoconsumos en empresas de otros sectores productivos (con o sin baterías).
- El Programa 3 sería el destinado para la incorporación de baterías (acumuladores) en instalaciones ya existentes en empresas tanto del sector servicios como de otros sectores.
Los Programas 4, 5 y 6 restantes son los destinados tanto al sector residencial como a administraciones, Organizaciones sin Ánimo de Lucro, etc.
¿De qué cuantía son las ayudas a la fotovoltaica en Cataluña para empresas?
Si bien en otros Programas estas subvenciones se calculan en base a una serie de módulos en función del tamaño de la instalación que has de multiplicar por la potencia en placas (600 €/kWp por ejemplo para instalaciones menores o iguales a 10 kWp), estos casos funcionan de un modo ligeramente distinto.
Aquí las ayudas se calculan en base aun porcentaje aplicado al importe subvencionable de los costes de la instalación, que depende de la potencia de la misma, pero también del tamaño de la empresa en cuestión:
- Para pequeña empresa: el porcentaje total de la subvención es el 35% de los costes subvencionables (ascendiendo al 45% si la instalación es igual o menor a 10 kW).
- Para mediana empresa: el 25%
- Y si hablamos de gran empresa: el 15%
Además debes tener en cuenta que hay unos costes subvencionables máximos definidos en el Anexo III del RD 477/2021:

En cuanto a las subvenciones en instalaciones de almacenamiento, las ayudas a la fotovoltaica en Cataluña para empresas varían entre el 45 y el 65%, también con unos costes máximos subvencionables tabulados:

¿Cómo saber si la tuya es una pequeña, media o gran empresa?
Si partimos de la base de que se trata de uno de los elementos que definen la cuantía de las ayudas a la fotovoltaica en Cataluña para empresas, es imprescindible por tanto conocer en qué categoría se enmarca tu empresa. Para ello debemos acogernos a la definición de los tipos de empresa según la propia Unión Europea:
- Pequeña empresa: menos de 50 trabajadores y volumen de negocio anual o balance general < 10 mill. €
- Mediana empresa: menos de 250 trabajadores y volumen de negocio anual o balance >10 mill. €
- Gran empresa: Más de 250 trabajadores y volumen de negocio anual o balance general> 50 mill. €
¿Qué otros factores influyen en las ayudas a la fotovoltaica en Cataluña para empresas?
De igual modo que en otros Programas, las cuantías descritas anteriormente pueden aumentar si se trata de un caso de eliminación de amianto (coste subvencionable adicional unitario máximo de 660 €/KWp para instalaciones de hasta 100 kW) o de instalación de marquesinas (coste subvencionable adicional unitario máximo de 500 €/KWp).
También en este caso puedes aumentar el porcentaje subvencionable si la instalación se ejecuta en un municipio de hasta 5.000 habitantes.
Otro detalle de estos Programas destinados a empresas que difiere de los Programas 4 a 6, es que NO es necesaria la Declaración Responsable que atestigua que el consumo sea igual o superior al 80% de la generación a la hora de solicitar la subvención.
Además, en el caso de empresas, es muy importante destacar que las instalaciones deben ejecutarse después de registrar la solicitud de subvención.
Cómo legalizar una instalación fotovoltaica de autoconsumo en Cataluña para empresa, paso a paso
Vamos a mostrarte paso cómo realizar una de estas solicitudes, en el caso concreto de una empresa del sector servicios y, como decimos, enmarcada en el ámbito de Cataluña
Primer paso: acceder al trámite telemático y descargar el formulario
Para acceder al trámite y realizarlo de forma telemática debes pinchar AQUÍ. Accediendo de esto modo a los trámites destinados a implantación de renovables dentro del Instituto Catalán de Energía (ICAEN).
En este punto tendrás que elegir a qué Programa acogerte en función de la naturaleza de tu empresa. Tratándose de un negocio del sector servicios seleccionamos el Programa 1. Al acceder pinchamos en «Solicitar»:

Te aparecerá el acceso al trámite, pero también una pequeña guía que te recomendamos que leas antes de proceder a la tramitación, especialmente si es la primera vez que llevas a cabo este proceso. Aquí tienes a tu alcance qué normativa es aplicable, qué organismo se encarga de estas ayudas, a quién van dirigidas, documentación a aportar… etc. Posteriormente, en la cabecera, debes pinchar nuevamente en «Solicitar», y en «Por Internet»:


Ahora sí, tendrás acceso al formulario del trámite. Debes descargar este formulario en formato pdf y y seguir este proceso, es muy importante:
- Rellenar todos los datos solicitados y adjuntar los documentos requeridos.
- Pinchar en «Validar» en el propio formulario.
- Firmar el documento electrónicamente.
- Pinchar en «Guardar» en el propio formulario.
Posteriormente tendrás que enviar este trámite a través de la misma web… pero eso lo veremos posteriormente.

Segundo paso: comenzando a cumplimentar el formulario
Tómate tu tiempo para rellenar los datos… y es que si bien lo que reflejes aquí no está escrito en piedra y pueden realizarse posteriormente rectificaciones, el proceso para realizarlas es un poco engorroso. Así que lo mejor es a nuestro juicio ser meticulosos con la información aportada e intentar que tu solicitud llegue a buen término a la primera. Vamos a ello.

En primer lugar el formulario te solicitará una serie de datos de identificación sobre tu empresa, como la razón social o el CIF. También sobre el representante de la persona jurídica. Nada fuera de lo común, nombre, métodos de contacto como el teléfono móvil y el correo electrónico, etc.
También tendrás que cumplimentar información acerca de la dirección de la empresa. En este punto, la fiscal, no la dirección de la instalación (en caso de que no coincidan). Del mismo modo, puedes seleccionar si quieres que se informe a alguna otra persona de contacto o que se le envíen notificaciones:

Tendrás que aportar también datos sobre la naturaleza jurídica de tu empresa o si realiza actividades económicas por las que ofrece bienes y servicios en el mercado o el código CNAE de tu empresa. Y muy importante, el tipo de empresa (pequeña/media/grande… ¡revisa el inicio de este artículo!). Posteriormente debes seleccionar si se trata de un autoconsumo únicamente o autoconsumo + baterías… y poner un título a la actividad (lo más común es emplear el nombre completo de la empresa:

Tercer paso: empezamos con los datos técnicos
Ahora sí, toca entrar en materia. No te preocupes porque vamos a asistirte con todos los campos que debes ir rellenando:

- ¿La actividad se lleva a cabo en un término municipal de menos de 5.000 habitantes? Sí/No (recuerda que influye en las cuantías máximas subvencionables.
- Tecnología de la instalación: fotovoltaica.
- Tipología: aquí debes seleccionar el rango de potencia de tu autoconsumo, menor a 10 kW, entre 10 y 100 kW… el que corresponda.
- Sector: debes seleccionar si se trata del sector servicios, residencial, etc.
- Provincia, Municipio y Referencia Catastral: recuerda, ahora sí, del lugar en el cual se realiza la instalación fotovoltaica de autoconsumo, no de la dirección fiscal de la empresa (si no coinciden).
- Coordenadas en formato UTM: no son obligatorias, aunque es recomendable incorporarlas. (Todas las casillas rodeadas en rojo son las obligatorias).
- Ubicación de la instalación en cubierta: Sí/No, en función de si los paneles se van a ubicar sobre el tejado o, por ejemplo, en el suelo.
- Potencia de la instalación de generación (kW): se refiere a la suma de la potencia pico de las placas, tal y como indica el formulario. Es decir, los kWp de la instalación.
- Potencia total de los inversores (kW): en este caso se refiere a la potencia nominal de inversores (o la suma de los mismos).
- Número de módulos y potencia unitaria de los módulos: el número de placas que compone el campo o la suma de los campos fotovoltaicos de la instalación. También debes rellenar de qué potencia son las placas.
- Energía anual estimada: se trata de la producción anual que va a producir según estimaciones la instalación, en kWh.
- Instalación aislada: Sí/No, en función de si es una instalación aislada de la red o conectada a ella.
Cuarto paso: costes, cuantías subvencionables y cuantías solicitadas
En este punto, además de algunos pocos datos extra como el CUPS, si se retira cubierta de amianto o si la instalación incluye marquesina (recuerda que esos dos últimos factores influyen en las cuantías máximas subvencionables)… toca cumplimentar información acerca de los costes y las cuantías solicitadas:

Por un lado, el coste total de la instalación de generación y cuál de ese coste es subvencionable. Por otro, en caso de que se trate de una instalación con almacenamiento (baterías), también su coste y la cuantía subvencionable.
Recuerda: los costes subvencionables incluyen equipos y materiales, obra civil, redacción de proyectos, etc. Cualquier coste relacionado directamente con la ejecución del autoconsumo.
Además todos estos costes deben indicarse sin IVA y en euros.
Por último tan sólo resta introducir tus datos bancarios (IBAN).
Quinto paso: adjuntar documentación
Al final del formulario hay una serie de documentación anexa que debes adjuntar. La documentación precisa depende de cada solicitud y caso concreto. En el propio formulario te especifica cuándo es obligatorio un determinado documento. Vamos a citar sólo las aplicables al autoconsumo fotovoltaico. A saber:
- Presupuesto detallado: debes subir el presupuesto desglosado de tu instalación solar fotovoltaica. Además, si supera los 40.000 euros, en la fase de justificación hay que acreditar que se han solicitado, como mínimo, tres presupuestos a distintas empresas.
- Informe para instalaciones: cuando se superan los 100 kW.
- Declaración Responsable: una declaración firmada por la empresa instaladora en la que se asegura que el consumo del inmueble es superior o igual al 80% de la energía generada por la instalación y, en caso de incorporar baterías, que éstas pertenecen a una instalación de autoconsumo fotovoltaico.
- Copia del DNI o NIE: en caso de que no marques la casilla que indica que autorizas a su consulta.
- Certificado de alta en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores: obligatorio para autónomos.
- Declaración relativa a la relación de ayudas en régimen de mínimos en los tres últimos años: también de aplicación exclusiva para autónomos.
- Documentación acreditativa de las facultades de representación (poderes): cuando hablamos de personas jurídicas, la persona que representa a la entidad debe acreditar sus poderes en la empresa.
Tan sólo resta autorizar al órgano instructor a consultar tus datos, marcar la casilla en la que declaras haber leído y aceptar lo expuesto y marcar también la casilla de protección de datos.
Sexto: verificar datos, validar, firmar y guardar el formulario y enviar a tramitar
Es muy importante, una vez que hayas rellenado toda la información solicitada en el formulario y que hayas llegado hasta este punto, que verifiques meticulosamente los datos aportados y sigas este proceso.
Lo hemos dicho al principio pero recordamos otra vez:
- Pinchar en «Validar» en el propio formulario.
- Firmar el documento electrónicamente.
- Pinchar en «Guardar» en el propio formulario.
Ahora toca enviar el formulario a trámite. Para ello, debes volver a la página de la cual descargaste el formulario y pinchar, precisamente, en el apartado donde dice «Enviar a tramitar y recibir acuse de recibo»:


Tienes en esta ventana un botón para adjuntar el formulario, al cual debes adjudicarle un código personal. Puedes emplear el nombre completo de tu empresa, por ejemplo.
Si todo ha ido bien te aparecerá un mensaje indicando que el formulario se ha enviado con éxito. También te dará la posibilidad de guardar un acuse de recibo… cosa que recomendamos encarecidamente hacer, ya que en él aparece el registro de entrada indicando que se ha iniciado el procedimiento administrativo y en qué fecha.
¿Quieres más información sobre las ayudas a la fotovoltaica en Cataluña?
Aquí tienes algo de información extra, bien por si tu caso no es el de una empresa, o bien para acceder al resto de formularios, preguntas frecuentes, etc.
Enlaces de interés para solicitar tus ayudas a la fotovoltaica en Cataluña
Te dejamos algunos enlaces adicionales para ampliar la información:
- Guías y modelos de tramitación en PDF.
- Un resumen aclaratorio a modo de glosario de los términos empleados en los formularios.
- FAQ’s (Frequently Askes Questions), es decir, solución a las preguntas más comunes.
- Para particulares, la solicitud de cita previa para la tramitación asistida.
- Y finalmente, lo más importante, el enlace donde tramitar las ayudas al autoconsumo y las baterías.
Guía definitiva para tramitar tus ayudas a la fotovoltaica en Cataluña para el ámbito residencial
Si en lugar de una empresa tu solicitud de ayudas se circunscribe al ámbito residencial, también elaboramos una Guía definitiva para tramitar tus ayudas a la fotovoltaica en Cataluña para el ámbito residencial.
¿Qué te ha parecido esta Guía definitiva para tramitar tus ayudas a la fotovoltaica para empresas en Cataluña?
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